Lo anterior dado que la ley señala lo siguiente: las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescribirán en tres (3) años contados a partir de Ia ocurrencia del hecho; Ia prescripción deberá ser declarada de oficio y se interrumpirá con Ia notificación del mandamiento de pago. La autoridad de tránsito no podrá iniciar el cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentren configurados los supuestos necesarios para declarar su prescripción.
Por lo anterior, solo si en su caso efectivamente no se hizo cobro coactivo dentro de esos primeros 3 años o inclusive si se realizó por fuera de dicho término máximo de 3 años el presente formato le servirá, pero si por el contrario dentro de dichos máximos 3 años si le hicieron el cobro coactivo o notificación de mandamiento de pago, deberás evaluar si desde la fecha de la comisión de la infracción ya han pasado 6 o más años, en caso afirmativo es posible que el modelo de petición que requieras sea el siguiente: https://miminuta.co/documento/prescripcion-multa-de-transito-por-mas-de-6-anos/




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